¿Cuáles son los recientes requisitos para ser conductor de aplicaciones de transporte según la Ley Uber?

La Contraloría ha aprobado el reglamento de la Ley Uber en Chile, estableciendo diversas condiciones para los conductores y vehículos de las aplicaciones de transporte. 


Las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT) deberán registrarse oficialmente, y los conductores necesitarán una licencia profesional A2 y un historial de antecedentes penales limpio. Además, los vehículos deberán tener una antigüedad menor a 10 años y una cilindrada mínima de 1.400 cc. Las infracciones serán penalizadas con multas de hasta 20 UTM.

Recientemente, la Contraloría General de la República aprobó el reglamento de la llamada Ley Uber, que fija, entre otras cosas, los requisitos que tendrán que cumplir quienes quieran ser chofer de las aplicaciones de transportes en Chile, qué plazo tienen y qué características deben cumplir los vehículos.

En concreto, se trata de la norma que regulará la operación de las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT) y que entrará en vigencia un mes después de que sea publicada en el Diario Oficial.


¿Cuáles son los nuevos requisitos para ser chofer con la Ley Uber?

Poder trabajar como chofer de cualquiera de las aplicaciones de transportes en Chile, se deberá cumplir con una serie requisitos, válidos tanto para el conductor como para el automóvil, según tu vehículo y características, de acuerdo a la Ley Uber y su próximo reglamento.

Lo primero, es que será esencial que las empresas estén inscritas en un registro a cargo de la Subsecretaría de Transportes, que incluirá la nómina de empresas y sus representantes legales, al igual que el de los conductores, que solo podrán trabajar en la región donde estén inscritos.

El plazo para inscribirse será de 6 meses. Luego, la inscripción de nuevos conductores se suspenderá por 18 meses. Durante ese periodo, solo se admitirá a conductores que reemplacen a aquellos que se den de baja.

Por otro lado, los conductores deberán poseer una licencia profesional A2 para conducir vehículos de transporte de pasajeros, con su control vigente. Sin embargo, el tercer artículo transitorio de la Ley Uber establece que esto no será exigible durante todo el primer año de funcionamiento de la norma.

Junto a lo anterior, y de manera semestral, los choferes deberán entregar un certificado de antecedentes a las empresas, el cual deberá acreditar que no tienen anotaciones por delitos de connotación sexual; ligados a la Ley de Drogas; por conducir en estado de ebriedad; y por conducir bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.


¿Qué características deberá cumplir el vehículo con el nuevo reglamento?

Tal como confirmó el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, el reglamento elaborado por el Ejecutivo, ordena, entre otras cosas, los requisitos que tiene que cumplir el vehículo:

Al respecto, solo podrán registrarse hasta dos vehículos cuyos dueños o tenedores sean personas naturales inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil. De igual manera, los vehículos tendrán que cumplir con la aprobación de la revisión técnica cada seis meses.

Y una de las exigencias que ha causado polémica, porque hay un número incierto de vehículos que quedaran excluidos, es que estos deban contar con al menos 1.400 centímetros cúbicos y no sobrepasen la antigüedad de 10 años, a diferencia de los taxis que es de 12.

 

¿Cuáles son las multas por no cumplir las exigencias de la Ley Uber?

Respecto a las multas o sanciones por no cumplir con los requisitos y exigencias de la Ley Uber, la norma establece que quienes entreguen información falsa o incorrecta, arriesgan multas de 3 a 10 UTM ($204.918 a $683.060). En caso de reincidencia, las multas pueden ser de 6 a 20 UTM ($409.836 a $1.366.120).

Por su parte, las empresas que cometan estas y otras infracciones, tendrán que pagar multas de 10 a 100 UTM ($683.060 a $6.830.600), y de 20 a 200 UTM ($1.366.120 a $13.661.200) si reinciden.

Quienes presenten servicios remunerados sin estar inscritos o adscritos a una EAT, serán sancionados con la suspensión de su licencia por 6 meses, castigados con presidio menor en su grado mínimo a medio, una multa de 5 a 50 UTM ($341.530 a $3.415.300), y su vehículo será sacado de circulación, pasando al menos 15 días en custodia.

Los pasajeros que acepten la prestación irregular de estos servicios de transporte, serán sancionados con una multa de 1 a 3 UTM ($68.306 a $204.918).

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